
Fin plazo solicitud:
Destinatarios: Asociaciones Sin animo de lucro
Ámbito: Castilla-La Mancha
Importe máximo a percibir:
¿Cuál es el objetivo de la subvención?
Las subvenciones se podrá solicitar por entidades sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha con dos líneas de ayudas:
1. Proyectos de sensibilización: acciones dirigidas al conjunto de la sociedad para dar a conocer la Agenda 2030:
a) Charlas, debates, mesas redondas, jornadas o seminarios.
b) Desarrollo de campañas informativas. 2. Proyectos de formación en el ámbito de la educación no formal para profundizar en los objetivos de desarrollo sostenible.
El periodo de ejecución finalizará el 31 de diciembre de 2023.
Las entidades beneficiarias deberán comunicar las fechas de realización de la actividad previamente a su desarro
¿Qué subvención puedo conseguir?
Local: 800 €.
Provincial: 1600 €
Supraprovincial: 2400 €.
Regional: 3.100 €
¿A quién va dirigida?
1. Podrán concurrir a la convocatoria de estas subvenciones las entidades con personalidad jurídica, que carezcan
de ánimo de lucro, y que cumplan los requisitos establecidos en el resuelvo quinto.
2. Así mismo podrán concurrir agrupaciones de dos o más entidades, cuando cada una que la integran reúna
por sí misma los requisitos del apartado 1 y cumplan con las condiciones de la disposición cuarta de la
convocatoria.
¿Cuál es el plazo de presentación?
quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria
¿Qué gastos me incluye y cuáles no?
a) Gastos de personal propio o contratado, derivados exclusiva y directamente del proyecto subvencionable.
b) Gastos de consultoría y/o asistencia técnica. Cuando se trate de actividades formativas se subvencionará la hora impartida por un máximo de 80 €. Cuando se trate de actividades de planificación, coordinación y/o evaluación del proyecto, podrán subvencionarse los gastos estrictamente necesarios, y que estén vinculados de manera indudable al desarrollo del mismo, con un límite del 20% de la cantidad concedida.
c) Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de las personas que ejecuten el proyecto. Para los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención se considerarán los límites fijados por la Junta de Castilla-La Mancha para su propio personal durante el año de referencia, establecidos en la correspondiente orden sobre normas de ejecución de los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha vigente en el año en que tenga lugar la convocatoria.
d) Gastos de material de oficina, de promoción, edición, publicación y difusión relacionados directamente con el proyecto a realizar.
e) Gastos de alquiler de locales, de equipos de proyección, de iluminación, de sonido y cualquier otro necesario para la ejecución del proyecto.
f) Costes indirectos. Se podrán imputar como gastos o costes indirectos todos los gastos de funcionamiento regular de la entidad beneficiaria que no podrán exceder del 8 % del importe de la subvención concedida, tales como alquiler, suministros, gastos de comunicaciones, etc.
No se consideran subvencionables los gastos ocasionados por los siguientes conceptos:
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
c) Los gastos de procedimientos judiciales.
d) Los impuestos indirectos cuando los mismos sean susceptibles de recuperación o compensación y los impuestos personales sobre la renta.
e) Las demás tasas y costes de carácter tributario
¿Qué criterios de selección tienen?
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