
Fin plazo solicitud: 13/07/2023
Destinatarios: titulares de una explotación agraria o una agrupación de titulares, los ayuntamientos, las entidades locales de ámbito inferior al municipio, las mancomunidades de municipios, las empresas privadas y las personas físicas que desarrollen una actividad económica, así como las asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro
Ámbito: Castilla-La Mancha
Importe máximo a percibir: 50.000 €
¿Cuál es el objetivo de la subvención?
Las ayudas reguladas en la orden tienen como finalidad financiar proyectos y actuaciones que permitan conseguir algunos de los siguientes objetivos:
- Restaurar, preservar y mejorar la biodiversidad de los hábitats y especies incluidos en la Red Natura 2000, garantizando la protección de los ecosistemas naturales que forman parte de ella.
- Fomento de la coherencia ecológica y conectividad de Red Natura 2000, mediante la gestión de los elementos del paisaje que revistan primordial importancia para la fauna y la flora silvestres, como aquellos elementos que, por su estructura lineal y continua (ríos con sus correspondientes riberas o los sistemas tradicionales de deslinde de los campos), o por su papel de puntos de enlace (como los estanques o los sotos) resultan esenciales para la migración, la distribución geográfica y el intercambio genético de las especies silvestres.
- Estudios de ámbitos para la declaración de espacios naturales, en su caso, por medio de acuerdos internacionales, siendo los espacios Red Natura las zonas núcleos y tampón de los mismos.
- Estudios para identificación, cuantificación, compensación o comercialización de servicios ecosistémicos, de igual forma, el desar rollo de medidas de gestión y conservación y mantenimiento que favorezcan su puesta en valor, en espacios contemplados en el Anexo I o en donde habiten ejemplares de especies incluidas en el Anexo II, en ambos casos de la Directiva 92/43/CEE, o bien donde habiten especies contempladas en el Anexo I de la Directiva 2099/147/CE.
¿A quién va dirigida?
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden los titulares de una explotación agraria o una agrupación de titulares, los ayuntamientos, las entidades locales de ámbito inferior al municipio, las mancomunidades de municipios, las empresas privadas y las personas físicas que desarrollen una actividad económica, así como las asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro , que realicen las actuaciones objeto de la presente orden en áreas que tengan repercusión directa sobre los hábitats de especies o especies de flora y fauna de la Red Natura 2000, designadas como LIC, ZEC, ZEPA o áreas clasificadas como Sistemas de Alto Valor Natural, y ubicadas dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
¿Cuál es el plazo de presentación?
Dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha
13 de julio de 2023
¿Qué gastos me incluye y cuáles no?
El importe máximo de las actuaciones subvencionables por persona o entidad beneficiaria será de 50.000 €.
La intensidad de la ayuda será del 100% de los costes subvencionables.
1. Serán elegibles los costes derivados de las acciones encaminadas a la protección, conservación o restauración de la biodiversidad y los hábitats en el ámbito de aplicación de la orden, siempre que se realicen con posterioridad al levantamiento del acta de inicio de trabajos, prevista en el artículo 6 d) de esta orden:
- Acciones de restauración y conservación de zonas húmedas y áreas degradadas.
- Acciones que incrementen la biodiversidad faunística en explotaciones agropecuarias:
- Restaurar pastos en zonas adehesadas, mediante desbroces selectivos, siembras y plantaciones de especies en áreas adehesadas.
- Recuperar y restaurar construcciones agroganaderas de interés para la fauna e incorporar elementos constructivos que permitan la cría y sirvan de refugio para las especies silvestres. Construir y restaurar plataformas, nidos artificiales, y torres de nidificación.
- Cerramientos para la protección de especies o hábitats, adaptación de pasos canadienses peligrosos para la fauna, adecuación de fuentes, abrevaderos, pilones y charcas mediante escapes para la fauna.
- Restaurar o construir puntos de agua, balsas o encharcamientos temporales, dentro del ámbito de especies esteparias.
- Acciones de mejora y fomento de lindes y setos en zonas de ribera y esteparias, así como recuperación de elementos del paisaje.
- Costes asociados a la eliminación y control poblacional de especies incluidas en el catálogo nacional de especies exóticas invasoras. Estas acciones conllevarán la restauración del ecosistema afectado, salvo estudios sobre especies exóticas invasoras en cuyo caso deberá incluir información cartográfica al menos a nivel provincial.
- Inversiones destinadas a la protección de hábitats considerados como prioritarios y a especies catalogadas como de interés comunitario, que tengan como objetivo el mantenimiento del estado de conservación favorable o su restauración:
- Realización de censos e inventarios que cubran todo el área de distribución en Castilla-La Mancha o en su defecto una de sus provincias, así como estudios sobre ecología, biología, distribución o conservación, así como mejora cartográfica, de las especies o hábitats incluidas en el anexo I de la Directiva Aves y en los anexos I y II de la Directiva 92/43/CEE, siempre que sean realizados y/o avalados por universidades u otros centros oficiales de investigación, y estén recogidos en los planes de recuperación aprobados, planes de gestión de la Red Natura o que sus conclusiones repercutan favorablemente en la conservación de las especies objeto de estos planes o de los espacios incluidos en Red Natura.
- Acciones de conservación recogidos en los planes de conservación y recuperación de especies y en los planes de gestión de las zonas Red Natura 2000 y MAP, vigentes en Castilla-La Mancha.
- Estudios para la promoción de espacios naturales para su declaración como áreas protegidas por instrumentos internacionales, siendo los espacios Red Natura las zonas núcleos y tampón de los mismos.
- Costes relacionados con la redacción de proyectos para el cálculo, la contabilidad y la puesta en valor de los servicios de los ecosistemas de la región incorporando o desarrollando las metodologías adecuadas para su cuantificación, compensación y comercialización; así como el desarrollo de las medidas e incentivos que favorezcan su puesta en valor, en espacios contemplados en el Anexo I o en donde habiten ejemplares de especies incluidas en el Anexo II, en ambos casos de la Directiva 92/43/CEE, o bien donde habiten especies contempladas en el Anexo I de la Directiva 2009/147/CE.
- Acciones para el establecimiento o restablecimiento de corredores, otorgando un papel prioritario a los cursos fluviales, vías pecuarias, las áreas de montaña y otros elementos del territorio, lineales y continuos, o que actúen como puntos de enlace.
- Acciones de conservación y mantenimiento de árboles singulares y rodales maduros.
2 Las actuaciones subvencionables correspondientes al desarrollo de las acciones indicadas anteriormente serán:
- Actuaciones de restauración y mantenimiento de zonas húmedas: Revegetación de orillas de humedales y riberas.
- Restauración de áreas degradadas:
- Mantenimiento o creación de taludes para la nidificación de aves.
- Obras de restauración y adecuación mediante retirada de residuos.
- Trabajos silvícolas en dehesas:
- Realización de desbroces selectivos manuales.
- Realización de desbroces selectivos mecanizados.
- Realización de desbroces con siembra para su aprovechamiento a diente.
- Repoblaciones, densificación o regeneración natural.
- Cerramientos para la protección de especies y adaptación de pasos de fauna:
- Instalación de cerramientos para la protección de especies o hábitats amenazados.
- Adaptación de pasos canadienses peligrosos para la fauna.
- Adecuación de fuentes, abrevaderos, pilones y charcas mediante la instalación de escapes para fauna silvestre.
- Creación de muladares o comederos para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario.
- Arreglo de tejados e instalación de nidos artificiales:
- Sustitución de tejas y colocación de nidales.
- Adecuación de huecos en edificios.
- Sustitución de vigas y cambio de tejas.
- Construcción e instalación de nidales artificiales bajo teja.
- Instalación de caja nido en exteriores sobre edificios.
- Instalación de un poste de madera con plataforma de nidificación.
- Construcción de primillar.
- Instalación de caja nido de cemento-madera sobre postes.
- Arreglo y estabilización de nidos en edificios.
- Obras en Refugios de Murciélagos:
- Cerramiento perimetral con malla de simple torsión.
- Cerramiento perimetral con barrotillo en bocas de minas.
- Obras de adecuación y estabilización de refugios de quirópteros.
- Charcas y puntos de agua en ámbitos esteparios:
- Construcción de charcas de 40-60 cm profundidad máxima y superficie <800 m2, con uso distinto de riego y/o prevención de incendios.
- Impermeabilización de terrenos.
- Actuaciones de mejora y fomento de lindes, setos o bosque galería:
- Creación, restauración, protección o aumento de complejidad de lindes y setos (plantas y replantación con protector individual o con jaula metálica) en zonas de ribera.
- Creación, restauración, protección o aumento de complejidad de lindes y setos (plantas y replantación con protector individual o con jaula metálica), con caballón en hábitats forestales y zonas esteparias.
- Recuperación de elementos históricos del paisaje: muros de piedra, fuentes, pilones y otras zonas de valor patrimonial.
- Actuaciones de erradicación de especies exóticas.
- Redacción de estudios, censos e inventarios, así como mejora cartográfica de las especies o hábitats incluidas en el anexo I de la Directiva Aves y en los anexos I y II de la Directiva 92/43/CEE, y puesta en valor de servicios ecosistémicos.
- Fomento de hábitats en Red Natura 2000:
- Traslocaciones y refuerzo de especies de flora amenazadas de hábitats de interés comunitario.
- Programa de restauración y forestación.
- Actuaciones de desarrollo de la infraestructura verde en elementos urbanos y periurbanos, y corredores ecológicos, para el fomento de la conectividad y coherencia de la Red Natura 2000.
- Actuaciones en árboles singulares y rodales maduros.
3 Los costes elegibles son los correspondientes a las actuaciones descritas y desarrolladas pormenorizadamente en el anexo I de esta orden.
4. No serán objeto de ayuda:
- El Impuesto sobre el Valor añadido (IVA), excepto cuando no sea recuperable conforme a la legislación nacional sobre el IVA.
- Los intereses de deuda.
- Las memorias técnicas que acompañen a las solicitudes de ayuda.
- Las acciones de carácter preventivo para evitar daños ocasionados por el lobo.
- Las acciones destinadas a la mejora de hábitat y seguimiento de poblaciones del lince.
- Modificación de tendidos eléctricos e instalación de medidas anti electrocución y anticolisión.
- Actuaciones impuestas por medidas correctoras o compensatorias establecidas en la autorización de un proyecto o en la declaración de impacto ambiental.
- Compromisos derivados de huellas hídricas, huella ecológica, así como compensación de huellas de carbono
¿Qué criterios de selección tienen?
Consultar Artículo 12 de la Convocatoria: Procedimiento de concesión y criterios de valoración.
Enlaces oficiales |
Convocatoria enlace |
Para más información Contáctanos
- Ayudas para el mantenimiento y mejora de la biodiversidad en acciones que repercuten en el estado de conservación de la Red Natura 2000 - 11 de junio de 2023
- Ayudas para la promoción de los fines y valores del Instituto de la Mujer de C-LM 2023 - 11 de junio de 2023
- Subvenciones Agenda 2030 - 26 de abril de 2023